El reglamento permite que personas jurídicas y personas naturales que cumplan los requisitos aplicables puedan solicitar financiamiento a través de plataformas de Financiamiento Participativo Financiero. La publicación de proyectos está sujeta a procesos de evaluación y debida diligencia conforme a la normativa vigente.
¿Quién puede ser receptor de financiamiento?
- Personas jurídicas que cumplan las condiciones previstas por la normativa y la plataforma.
- Personas naturales que cumplan las condiciones aplicables para participar como receptoras.
- Receptores que superen el proceso de evaluación y debida diligencia de la plataforma.
Due diligence: qué se evalúa
Antes de publicar un proyecto, la plataforma evalúa y documenta información relevante del receptor y del proyecto, incluyendo la identidad del receptor y sus beneficiarios finales, situación financiera, destino de los fondos, capacidad de pago, antecedentes legales y crediticios, así como sustentos del proyecto tales como contratos, permisos o garantías, cuando correspondan.
Esta evaluación forma parte del expediente del proyecto y puede ser revisada por la SMV. La plataforma debe conservar información suficiente, consistente y verificable conforme a la normativa vigente y sus procedimientos internos. Una due diligence insuficiente podría generar observaciones o medidas administrativas.