Inversiones.io
Regulación y tributación · Inversiones.io

Reglas claras, supervisión real,
tributación transparente.

Cómo se gravan tus rendimientos en Perú y cómo nos regula la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Una guía práctica para entender el marco regulatorio y tributario aplicable a tus inversiones.

5%
Retención · 2da categoría
DU 013-2020
Marco legal vigente
SMV
Entidad supervisora
S/ 300K
Capital mínimo regulatorio
Tributación · SUNAT

Cómo se gravan tus rendimientos
en 8 lecturas cortas.

El tratamiento tributario depende de si inviertes como persona natural o jurídica, de tu residencia fiscal y de la naturaleza del rendimiento. Aquí está la versión simple — sin perderse en el detalle innecesario.

Renta de 2da categoría
5%
tasa efectiva

El 5% que retenemos por ti, explicado

Cuando inviertes como persona natural, los intereses ganados son renta de segunda categoría. Inversiones.io retiene el 5% efectivo y lo paga a SUNAT — tú no haces nada extra.

Personas naturales · Retención automática3 min de lectura →
Personas jurídicas
29.5%
renta empresarial

Si inviertes desde una empresa: renta de 3ra categoría

Los intereses no se retienen al pagar. Se suman a tus ingresos del ejercicio y tributan al 29.5% en tu declaración anual de renta empresarial, junto con el resto de tu actividad.

RUC activo · Declaración anual4 min de lectura →
Certificado anual

Tu certificado de retenciones llega en enero

Cada año recibes un certificado consolidado con los intereses pagados y las retenciones efectuadas durante el ejercicio anterior. Es el documento que respalda lo declarado a SUNAT.

Disponible en la app · Formato PDF2 min de lectura →
No domiciliados
30%
retención fuente

Inversionistas extranjeros: tasa del 30%

Si tu residencia fiscal está fuera de Perú, la tasa de retención sobre rendimientos generados en el país es del 30%, salvo que aplique un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI).

FATCA · CRS · CDI vigentes5 min de lectura →
ITF
0.005%
por movimiento

El ITF que verás en tus movimientos

El Impuesto a las Transacciones Financieras grava con 0.005% los abonos y cargos en cuentas. Aparece reflejado en cada transferencia desde o hacia tu cuenta — es automático.

Bancarización · Ley 281942 min de lectura →
Capital invertido

El capital que recuperas no paga impuesto

Solo los intereses generan renta gravada. La devolución del capital invertido no es ingreso afecto: es la recuperación de tu propio dinero, así que no entra en el cálculo del impuesto.

Solo intereses tributan3 min de lectura →
Declaración anual

Cómo declarar como persona natural

Si tus rentas de segunda categoría superan las 7 UIT anuales, puedes estar obligado a presentar declaración. Para la mayoría de inversionistas la retención del 5% es suficiente y no requiere trámite adicional.

UIT 2026 · Formulario Virtual6 min de lectura →
Mora y atrasos

¿Qué pasa con los impuestos si la operación entra en mora?

Mientras no se paguen los intereses, no hay hecho generador de impuesto. La retención se ejecuta solo al momento del pago efectivo — sin pago, sin renta gravada.

Devengado vs percibido4 min de lectura →
Esta sección es informativa y no constituye asesoría tributaria. Las tasas y reglas corresponden al marco vigente y pueden cambiar por reforma normativa. Para casos particulares, consulta con un asesor o revisa directamente la normativa de SUNAT.
Regulación SMV · Crowdfunding en Perú

Cómo regula la SMV el Financiamiento
Participativo Financiero (FPF).

El Decreto de Urgencia N.° 013-2020 y el Reglamento aprobado por la Resolución SMV N.° 045-2021-SMV/02, así como sus modificaciones posteriores, establecen el marco regulatorio del Financiamiento Participativo Financiero en el Perú. Este marco contempla requisitos de autorización, patrimonio, segregación patrimonial, límites de inversión y obligaciones de transparencia. Inversiones.io opera dentro de este marco regulatorio.

DU 013-2020
Decreto de Urgencia
Creación del marco legal del FPF en Perú.
Res. 045-2021-SMV/02
Reglamento operativo
Requisitos de autorización, capital y funcionamiento.
SMV
Superintendencia del Mercado de Valores
Entidad supervisora del régimen FPF.
DU 013-2020
Marco legal

El Decreto de Urgencia que creó el Financiamiento Participativo en Perú

Publicado en enero de 2020, estableció el marco legal para que las plataformas de financiamiento participativo financiero operen formalmente en el país bajo la supervisión de la SMV.

Vigente · Enero 20205 min →
Res. 045-2021
Reglamento

Resolución SMV N° 045-2021-SMV/02: el reglamento del FPF

Detalla los requisitos operativos, organizacionales y de transparencia que toda Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero (SAPFPF) debe cumplir.

Operativa · Marzo 20218 min →
Autorización
Autorización SMV

Sin autorización, no hay operación

Solo las sociedades autorizadas por la SMV pueden administrar plataformas de FPF. El proceso de autorización evalúa aspectos patrimoniales, operativos, organizacionales, de gobierno corporativo y continuidad del negocio.

Registro Público del Mercado de Valores6 min →
Requisito patrimonial
Capital mínimo

Patrimonio mínimo requerido para operar

Toda SAPFPF debe cumplir con los requisitos patrimoniales establecidos por la SMV para obtener y mantener su autorización. Estos requisitos forman parte de los filtros de solvencia del régimen.

Indexado al volumen administrado3 min →
Inversionistas
Tipología

Institucionales vs no institucionales: dos pistas distintas

El reglamento clasifica a los inversionistas en institucionales y no institucionales, estableciendo para cada categoría condiciones y límites específicos conforme a la normativa vigente.

Art. 47 · Reglamento FPF5 min →
Límites
Protección al inversionista

Cuánto puede invertir un no institucional

La normativa establece límites aplicables a los inversionistas no institucionales para promover una participación informada y acorde con su capacidad financiera. Se determinan por proyecto y por exposición anual acumulada.

Límites por proyecto · Exposición anual4 min →
Receptores
Empresas que captan

¿Quién puede obtener financiamiento a través de una plataforma FPF?

Los proyectos deben cumplir requisitos de evaluación, identificación y transparencia establecidos por la normativa vigente. Antes de ser publicados, son revisados conforme a los procedimientos de la plataforma.

Due diligence obligatoria6 min →
Transparencia
Información al inversionista

Ficha técnica obligatoria antes de cada inversión

Cada proyecto publicado debe incluir información mínima exigida por la normativa vigente, permitiendo a los inversionistas conocer las características, riesgos y condiciones de la operación antes de invertir.

Antes y después de invertir4 min →
Patrimonio
Segregación de fondos

Tu dinero nunca está en la cuenta de la plataforma

Los fondos de inversionistas se mantienen segregados — típicamente en fideicomiso o cuenta escrow bancaria. Si la plataforma quebrara, esos fondos no responden por sus obligaciones.

Fideicomiso · Cuenta segregada5 min →
Reportería
Obligaciones periódicas

Reportes a la SMV: supervisión continua

Las plataformas FPF deben remitir información periódica a la SMV sobre su actividad y operaciones. Asimismo, están obligadas a comunicar hechos relevantes que puedan afectar su operación o la información disponible para los inversionistas.

Periódico · Hechos relevantes4 min →
Sanciones
Régimen sancionador

Qué pasa si una plataforma incumple

La SMV aplica un régimen sancionador con multas, suspensión de actividades y, en casos graves, revocación de la autorización. Las sanciones son públicas y se inscriben en el Registro.

Multas · Suspensión · Revocación5 min →
Norma: Prevención LA/FT
PLAFT

Prevención de lavado de activos: KYC obligatorio

Toda plataforma FPF debe aplicar medidas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PLAFT). Por ello, verificamos la identidad de nuestros usuarios y realizamos las validaciones requeridas por la normativa vigente antes de invertir.

UIF-Perú · PLAFT4 min →
● Documentos oficiales

Consulta la normativa completa directamente en la SMV.

Los textos íntegros del DU 013-2020 y de la Resolución 045-2021 están disponibles en el portal de la Superintendencia del Mercado de Valores.

● Boletín semanal

Recibe el resumen de la sala de prensa cada lunes.

Lo más importante en macro, mercado inmobiliario y educación, en menos de 5 minutos.